lunes, 19 de abril de 2010

El consumo de alcohol

EL CONSUMO DE ALCOHOL


El consumo de alcohol es una costumbre muy arraigada en Colombia. La fatal combinación de la conducción con el alcohol, muestra el menosprecio de los conductores hacia los efectos que estas sustancias producen sobre el organismo.

La idea de este escrito es concientizarlo a usted, del peligro que representa conducir después de ingerir alcohol y resaltarle las limitaciones y los comportamientos de quien actúa bajo los efectos del licor. También le sugiere algunas alternativas y herramientas que pueden contribuir a su seguridad vial, en el caso de que usted se vea involucrado en una circunstancia de esta naturaleza.

Definición

Es una droga psicodepresora que produce efectos cuando pasa a la sangre, y desde ella se reparte por todo el organismo.

TIPOS DE EMBRIAGUEZ

BEBIDAS FERMENTADAS. Son aquellas cuya extracción proviene de frutos o cereales como la uva, pera, cebada, etc.. Entre ellas están el vino y la cerveza. El máximo contenido de alcohol en este tipo de bebidas oscila entre el 15 y el 18% por volumen.

BEBIDAS DESTILADAS. Son aquellas que se obtienen al separar las sustancias de las bebidas fermentadas. Por medio del calor, la parte más volátil se evapora (agua), y la restante (alcohol), por enfriamiento se reduce nuevamente a líquido. El volumen de alcohol de las bebidas destiladas es superior al de las bebidas fermentadas. En este grupo están el whisky, el ron, la ginebra, el brandy y el aguardiente, etc., cuyo contenido de alcohol oscila entre el 30 y el 40%. Según convenios internacionales, los países no pueden fabricar bebidas alcohólicas con concentraciones mayores del 50% por volumen.

El porcentaje de alcohol que contiene una bebida es su grado alcohólico. Así por ejemplo, cuando un vino tiene 12 grados de alcohol, significa que el 12% de esa bebida es alcohol puro.
La cerveza y la sidra tienen una concentración de alcohol inferior al 4%. Los vinos dulces una concentración aproximada del 7%. Otras bebidas como el aguardiente, el brandy, el ron y el whisky tienen una concentración entre el 25 y el 40%. Algunos licores como el tequila y el vodka, en ocasiones pueden tener aún concentraciones superiores.

Absorción y eliminación

Los órganos que intervienen más activamente en la absorción del alcohol para llevarlo a la sangre, son el estómago y el intestino delgado

La mucosa gástrica absorbe precozmente del 15 al 20% del licor ingerido y empieza a elevar los niveles de alcohol en la sangre y el cerebro. Se producen entonces, los primeros síntomas de embriaguez. La presencia de alimentos en el estómago, especialmente grasas y carbohidratos, disminuye la velocidad de absorción del alcohol, y por lo tanto, la sintomatología de la embriaguez también se demora en aparecer. Es preciso resaltar que una vez que el alcohol haya llegado a la sangre, ningún alimento es capaz de disminuir o eliminar este porcentaje.

El resto de alcohol ingerido (80%), se absorbe dentro del intestino. La mezcla de diversas bebidas puede incrementar la velocidad de absorción. El alcohol tiene una especial afinidad con el tejido nervioso, por consiguiente, los efectos principales de la intoxicación son de tipo neurológico y psicológico. Una vez que el alcohol ha sido absorbido y distribuido por el organismo, se inicia su eliminación mediante los procesos de excreción y de metabolismo. La cantidad de alcohol que se elimina por la excreción (la orina, las lágrimas, el sudor y especialmente por el aire respirado) es muy pequeña, tan sólo el 2%. Hacer ejercicio para aumentar la transpiración y la ventilación pulmonar, ingerir café u otras drogas, no logra eliminar más rápidamente el alcohol del organismo.

El tiempo de eliminación del alcohol en el organismo aumenta proporcionalmente a la cantidad de bebida ingerida. Un trago de whisky (30 cc), una botella de cerveza (330 cc), o una copa de vino de mesa (250 cc), contienen una unidad alcohólica, es decir, un individuo que ingiera una unidad alcohólica, necesitará entre 2 y 3 horas para eliminar totalmente esa dosis del organismo.

Una unidad alcohólica equivale aproximadamente a 25 mg de etanol/100 ml de sangre y no alcanza a afectar neurológicamente al adulto sano. Con 2 unidades alcohólicas aparecen las manifestaciones iniciales o signos precoces de embriaguez que empiezan a ser detectables y alteran la capacidad de conducir.

Embriaguez leve o de primer grado: Resultados entre 40 y 99 mg de etanol/100 ml de sangre total que corresponde a consumir de 2 a 3 unidades alcohólicas.

Embriaguez moderada o de segundo grado: Resultados entre 100 y 149 mg de etanol/100 ml de sangre que corresponde a consumir de 4 a 5 unidades alcohólicas.

Embriaguez severa o de tercer grado: Resultados mayores o iguales a 150 mg de etanol/100 ml de sangre que corresponde a consumir 6 ó más unidades alcohólicas.

Embriaguez grave o de cuarto grado: En general, se acepta que niveles de alcoholemia de una unidad alcohólica (un trago de whisky, una botella de cerveza o una copa de vino de mesa), permiten sospechar la presencia de embriaguez. Más de una unidad alcohólica es conclusiva de embriaguez.

El porcentaje se mide en 100 centímetros cúbicos de sangre.

Efectos en el organismo

Las alteraciones producidas por el alcohol se detectan en tres áreas principales: psíquica, neurológica y general

Síquica

Las primeras manifestaciones de la intoxicación alcohólica se detectan en el área psicológica. El alcohol es una sustancia depresora del sistema nervioso central y por este motivo, cuando hay sobredosis puede conducir al coma y a la muerte por paro respiratorio.

Muchas personas creen que el alcohol es un estimulante, pues con dosis bajas se produce efectos tales como reducción de la tensión, euforia breve y descarga de las inhibiciones. Con los primeros ascensos en los niveles de alcohol, aparece la sensación de confort, gozo y vivacidad, pero a medida que aumenta la impregnación, surgen las manifestaciones amorosas y/o pendencieras para después dar paso a la depresión que se manifiesta por la somnolencia y en ocasiones, por sentimientos de tristeza y lentificación de la actividad motora. Disminuye también, la capacidad de reflexión, atención y observación.

El humor por lo general, es poco controlado y se puede presentar sentimientos de desamparo e incluso de agresividad. Por otra parte, las respuestas motoras como las sensoriales y sensitivas, se ven afectadas de acuerdo con la concentración de alcohol en la sangre.

Neurologica

Las alteraciones neurológicas son en realidad, aquellas que incapacitan más seriamente a un individuo para realizar labores de responsabilidad y cuidado, como es conducir un vehículo.
Los signos de alteración neurológica pueden empezar a manifestarse al ingerir una unidad alcohólica así:

Incoordinación Motora: Se altera la capacidad para coordinar movimientos, en especial, aquellos que exigen precisión para su realización. Con cantidades superiores a una unidad alcohólica, el bebedor empieza a perder el equilibrio, presenta dificultad al pronunciar palabras, disminuye su agudeza visual y auditiva y lentifica los movimientos, entre otros El alcohol puede causar desde somnolencia hasta un estado de coma.

General

El embriagado tiene aspecto y características propios: pupilas dilatadas, ojos rojos y aliento alcohólico que sirven como elementos de apoyo para emitir un diagnóstico de embriaguez.

Alcoholimetría

Corresponde a una prueba de laboratorio o por un medio técnico para la determinación de la cantidad de alcohol que se encuentra en la sangre circulante. Cuando se presenten heridos en un accidente, los agentes de tránsito están obligados a llevarlos a Medicina Legal para que les practiquen la prueba de alcoholemia.

Métodos indirectos para determinar alcoholemia: Los más conocidos son los alcohosensores que establecen de manera cualitativa, si existe o no alcohol en el vaho (aire expirado), del examinado, teniendo en cuenta como ya se mencionó, el alcohol excretado por la respiración.

Estos alcohosensores están homologados por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, como elementos idóneos y concluyentes para determinar el grado de intoxicación por alcohol en una persona.

El alcohol se mide a través del aire que la persona exhala. La medida se hace sobre 2.000 centímetros cúbicos de aire y los resultados son equivalentes a la prueba tomada en la sangre).

50 miligramos por ciento (grado 1) se consiguen con sólo dos tragos de aguardiente o dos cervezas. Y aunque la persona no está caída de la borrachera con dos cervezas, sí es importante saber que de 40 mililitros para arriba empieza a perder facultades para conducir. Por eso, es importante que las personas entiendan que no es necesario que la persona esté evidentemente borracha, hasta tambalearse, para que pierda sus reflejos, pues con sólo esas dos copas de trago o esas cervezas, y sin tambalearse, ya se corre un riesgo que puede evitarse.

EFECTOS SOBRE LA CONDUCCIÓN

Clasificación de la embriaguez

Conducir con alcohol, así sea con un trago, es una actitud demasiado irresponsable. Vea las consecuencias de ingerir una unidad alcohólica (un trago pequeño):

Se altera la capacidad para coordinar movimientos, sobre todo aquellos que exigen precisión en su realización, por lo cual disminuye la capacidad para reaccionar ante un peligro inesperado.

Síntomas comunes

• Con cantidades superiores a una unidad alcohólica, se disminuye la agudeza visual y auditiva y aumenta la sensibilidad al deslumbramiento, comienza a verse borroso porque los movimientos oculares se hacen más lentos, disminuye la habilidad para calcular distancias y se presenta dificultad en la concentración.

• Con mayor cantidad de alcohol, hay vista doble, actitud titubeante y somnolencia hasta llegar al coma. Los borrachos parece ponerse de acuerdo siempre, para poner en peligro su vida y la de los demás. Estas son las infracciones que más cometen:

• Velocidades irracionalmente altas.

• Cambios frecuentes de carril.

• Adelantamiento indebido con poco espacio para pasar, manejo lento o virajes excesivos al alcanzar o pasar.

• Tratar de ganar a las luces del tránsito o desobedecerlas.

• Detenerse o intentarlo con movimientos indecisos.

• No bajar las luces para el tránsito que viene de frente.

• Manejar con las ventanillas bajas en tiempo frío.

• Manejar, sacando la cabeza a través de la ventanilla, en forma parcial o total.

• Excitación y sobreestimación de las propias capacidades.

Conductores embriagados

Si el conductor está delante suyo, mantenga una distancia de seguimiento segura. No trate de pasarlo, porque él puede desviarse hacia usted. Si el conductor está detrás suyo, gire hacia la derecha en la próxima intersección y déjelo pasar.

Cuando se acerque a una intersección, reduzca la velocidad. Mire hacia ambos lados a medida que se acerca a la esquina, con el fin de tomar una acción evasiva. Usted puede informar de este conductor irresponsable a los números que aparecen relacionados en los servicios de emergencia.


Las bromas que siempre hacemos cuando estamos tomando y notamos que alguien está ya "prendido", esas de ¡hacé el cuatro!, ¡caminá por la línea! y ¿cuántos dedos ves? no son tan descabelladas después de todo. Es que el trago va "desconfigurando" lentamente la coordinación motriz, aunque el que está tomando no sea muy conciente de ello.

Por eso el perito hace un dictamen basándose en signos clínicos de carácter neurológico como alteraciones en el equilibrio, la coordinación, la articulación de las palabras, la forma de enfocar los objetos o en la ejecución de maniobras que le ordenan, signos que la persona no puede ocultar cuando está embriagada (grado 1, 2 ó 3) por más que quiera o insista en que está en sus cinco sentidos.

Estas pruebas del perito de Medicina Legal, tienen la misma validez que las hechas a través del "borrachímetro", (como le dicen vulgarmente al alcohosensor) en el momento de ser detenido en la calle. Sin embargo, siempre se hacen las pruebas de laboratorio, en caso de ser necesario, para corroborar lo que se presume y tener una base legal de laboratorio que sirva de prueba.

Alcoholemia: Cantidad de alcohol que tiene una persona en determinado momento en su sangre.
Alcohometría: Examen o prueba de laboratorio, o por medio técnico que determina el nivel de alcohol etílico en la sangre.
Alcoholuria: Examen o prueba de laboratorio, o por medio técnico que determina el nivel de alcohol etílico en la orina.
Alcohosensor: Sistema para detectar alcohol en el aire exhalado.

En todo caso en que produzca lesiones personales u homicidio en accidente de tránsito, la autoridad de tránsito deberá enviar a los conductores implicados a la práctica de la prueba de embriaguez, so pena de considerarse falta disciplinaria grave para el funcionario que no dé cumplimiento a esta norma.

ACTUACIÓN EN CASO DE EMBRIAGUEZ.

ARTÍCULO 150. EXAMEN. Las autoridades de tránsito podrán solicitar a todo conductor de vehículo automotor la práctica de examen de embriaguez, que permita determinar si se encuentra bajo efectos producidos por el alcohol o las drogas, o sustancias estupefacientes, alucinógenas o hipnóticas.

Las autoridades de tránsito podrán contratar con clínicas u hospitales la práctica de las pruebas de que trata este artículo, para verificar el estado de aptitud de los conductores.

PARÁGRAFO. En los centros integrales de atención se tendrá una dependencia para practicar las pruebas anteriormente mencionadas.

ARTÍCULO 151. SUSPENSIÓN DE LICENCIA. Quien cause lesiones u homicidios en accidente de tránsito y se demuestre que actuó bajo cualquiera de los estados de embriaguez de que trata este código, o que injustificadamente abandone el lugar de los hechos, a más de las sanciones previstas en el Código Penal, se hará acreedor a la suspensión de su licencia por el término de cinco (5) años.

ARTÍCULO 152. GRADO DE ALCOHOLEMIA. En un término no superior a 30 días contados a partir de la expedición de la presente ley, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses mediante resolución establecerá los límites de los diferentes grados de estado de embriaguez.

Si hecha la prueba de alcoholemia se establece:

Segundo grado de embriaguez, adicionalmente a la sanción multa, se decretará la suspensión de la licencia de conducción entre dos (2) y tres (3) años, y la obligación de prestar servicios gratuitos comunitarios en establecimientos que determine la autoridad de tránsito por veinte (20) horas.

Tercer grado y se decretará, a más de la sanción de multa, la suspensión entre tres (2) y diez (10) años de la licencia de conducción, y la obligación de prestar servicios gratuitos comunitarios en establecimientos que determine la autoridad de tránsito por cuarenta (40) horas.

Será criterio para fijar esta sanción, la reincidencia, haber causado daño a personas o cosas a causa de la embriaguez o haber intentado darse a la fuga.

PARÁGRAFO. La reincidencia en un tercer grado de embriaguez, será causal para determinar la cancelación definitiva de la licencia de conducción.

Para terminar se explica la tolerancia y el examen clínico

Los adultos habituados al mismo del alcohol, sólo presentan signos clínicos de embriaguez cuando han ingerido cantidades importantes de licor, mientras que los sujetos no acostumbrados a beber, cuando lo hacen, presentan la sintomatología de la embriaguez alcohólica con dosis bastante más pequeñas que las usadas por los individuos tolerantes.

En cuestiones médico-legales, esta tolerancia orgánica al etanol, tiene implicaciones importantes, pues es precisamente por ese fenómeno, que la correlación entre los signos clínicos de la intoxicación etílica y los niveles de alcohol en sangre (alcoholemia), no es siempre (Actualización del dictamen médico-forense por embriaguez – Derecho Penal y Criminología – Revista del Instituto de Ciencias Penales y Criminológicas – Universidad Externado de Colombia – Volumen X, No. 34 – Enero-Abril 1988, Págs. 165 a 178) constante, pues se ve modificada de acuerdo con la susceptibilidad personal del sujeto.

Vale la pena extendernos un poco más en esta explicación: Adultos normales, o sea bebedores ocasionales, al contacto con el alcohol presentan una serie de manifestaciones, cuya intensidad es directamente proporcional a la cantidad de licor ingerido. Con base en lo anterior se han adelantado estudios científicos que clasifican los estadios o grados de la embriaguez teniendo en cuenta los niveles de alcoholemia.

Gracias al fenómeno de la tolerancia se ha podido comprobar que dos sujetos con iguales cifras de alcoholemia, por ejemplo 80 miligramos por ciento, no siempre presentan el mismo grado de embriaguez. Los bebedores ocasionales, que no han desarrollado aún tolerancia presentarán con estas cifras de alcoholemia mayor cantidad de signos de embriaguez que aquellos bebedores habituales (tolerantes), quienes escasamente presentarán algunos signos leves, o inclusive puede darse el caso que no presenten signos clínicos de la embriaguez.

Además de lo anterior, tal como se postuló al comienzo del artículo, el individuo puede embriagarse con un variado número de sustancias diferentes al alcohol. Como es obvio, en estos casos, los niveles de alcoholemia serán negativos.

Por todo lo anterior se recomienda que la valoración pericial para dictaminar embriaguez se realice mediante un cuidadoso examen físico, registrando los signos clínicos del examinado y únicamente en casos específicos, a criterio del perito, se deben tomar muestras de sangre para determinar alcoholemia.

Este criterio evita serios problemas en la interpretación de los resultados de las muestras de sangre enviadas indiscriminadamente al laboratorio, puesto que los signos clínicos que presenta una persona tolerante, es decir, el estado de embriaguez que tiene, es diferente al que pueda presentar una persona no tolerante, aunque las cifras de alcoholemia sean bastante similares en los dos.

En general puede aceptarse que niveles de alcoholemia entre 50 y 100 miligramos permitan sospechar la presencia de embriaguez. Cifras mayores de 100 miligramos por ciento de alcoholemia son conclusivas de embriaguez. Lo anterior debido al hecho de que por más tolerante que sea un individuo es imposible que pueda asimilar, sin presentar signos clínicos, cifras superiores a los 100 miligramos por ciento de alcohol en la sangre”.

La llamada alcoholemia6 simplemente podía reemplazar -como prueba técnica- ~ examen clínico en los casos en los cuales no es posible realizar éste, ya sea porque se trata de Un cadáver o de una persona politraumatizada, enyesada o inconsciente, quien no puede colaborar con la exploración semiológica descrita”’.

Por consecuencia, la alcoholemia es una prueba técnica supletoria, porque solo ‘informa la cantidad de alcohol que hay en el organismo, pero no puede reportar la intensidad de los efectos concretos que este alcohol ha producido en la persona efectos que son diferentes de acuerdo al umbral de tolerancia individual del sujeto”. Es más, se agrega que “... la alcoholemia se solicita con criterios definidos para complementar el diagnóstico clínico, sobre todo en aquellos casos en donde no hay ninguna patología neurológica sobre-agregada que hace difícil el diagnóstico, cuando por diversas razones el paciente no colabora con la práctica de las pruebas clínicas o cuando los hallazgos son dudosos”8 *.

6 “Se denomina así a la determinación de la cantidad de alcohol que se encuentra en la sangre circulante. Se expresa en cifras de miligramos de alcohol por ciento o en gramos de alcohol por mil (mg% ó g%).


Para no dejar duda, quizá con criterio tautológico, recuérdense las siguientes palabras del profesor NODIER AGUDELO BETANCOURTH9, a fin de precisar la relación de determinación entre a embriaguez y el resultado:

“Este será un problema práctico para cuya solución no se puede dar fórmulas abstractas. Serán entonces importantes el dictamen toxicológico y la sintomatología clínica, pero siempre teniendo claro que el dictamen toxicológico no prevalece frente a la sintomatología clínica, pues según la norma del nuevo Código Penal, la cuestión no se reduce a decir cuánto alcohol tenía un organismo en un momento dado, sino la importancia neurológica y psicológica de ese alcohol o sustancia, en la conformación y dirección de la conducta en una persona determinada y la trascendencia en el hecho. Al respecto debemos retener la siguiente doctrina de la Doctora María Dolores Sánchez del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses:

“La legislación Colombiana se refiere en su normatividad, al estado de embriaguez de un individuo, o al hecho de estar bajo el influjo del alcohol, pero no hace alusión al término alcoholemia. Es por ello que el perito debe brindar la información en el lenguaje adecuado, o sea debe referirse al término embriaguez, pues si únicamente reporta las cifras de alcoholemia, su dictamen será incompleto y difícil de interpretar, sobre todo si es una cantidad por debajo de 100 mg% la cual no en todos los casos puede ocasionar intoxicación en un adulto. Con cifras de alcoholemia como la mencionada no se podrá con exactitud científica, certificar si el individuo estaba o no bajo el influjo del alcohol y mucho menos afirmar si tenía o no compromiso neurológico y de qué magnitud eran las supuestas alteraciones. Como ya se mencionó, tampoco es posible que, con exactitud científica se diagnostique la severidad de la intoxicación etílica de una persona, o su estado de embriaguez con sólo conocer el nivel de alcoholemia”.

También son suyas estas palabras:

“El resultado de la alcoholemia debe tenerse en cuenta como un hallazgo más, para evaluar en conjunto con el cuadro clínico presentado por el examinado, y así concluir con todo fundamento” (María Dolores Sánchez P., Guía Práctica para realizar el Dictamen Forense sobre embriaguez; Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Bogotá, 1.993, págs. 1, 2 y 9.. - resaltado fuera del texto original).

Según los expertos María Dolores Sánchez Prada y Ricardo Mora Izquierdo, miremos algunos aspectos:

1). “ALIENTO ALCOHOLICO, llamado vulgarmente “tufo””. Una vez que el alcohol se ha absorbido y distribuido por el organismo, se comienza a eliminar por procesos de excreción y de metabolismo. “A nivel del alvéolo pulmonar, el intercambio gaseoso, el alcohol volátil sale con la espiración, ocasionando uno de los signos de embriaguez etílica. El aliento alcohólico, llamado vulgarmente “tufo”. La excreción de alcohol a nivel pulmonar es proporcional y constante a las concentraciones de alcohol en sangre, siendo este un dato de utilidad para poder comprender posteriormente el funcionamiento de los vafómetros o borrachómetros”

2). “INCOORDINACION MOTORA: las alteraciones en el área psíquica, por ingesta de alcohol, se evalúen en el examen clínico, sin arrojar certeza respecto del grado de ebriedad, dadas las variantes tipológicas (comportamiento habitual del sujeto, lenguaje y la forma de ser), pero las alteraciones en el área neurológica, si permiten detectar la clase de embriaguez. “El perito puede valorar en su examen este signo, mediante pruebas clínicas que califican como leve, moderada o severa, según la intensidad con la cual se presente la mencionada incoordinación motora. El test digital, el test de Golden o el test de Bourden, permiten diferenciar la incoordinación motora leve que corresponde al primer grado de embriaguez aguda; los test de movimientos rápidos alternos califican la incoordinación motora moderada y la marcha sirve para evaluar la incoordinación motora severa”.

3). “NISTAGMUS POSTURAL”: “El término nistagmus se refiere a un movimiento involuntario horizontal de los glóbulos oculares como respuesta refleja a un estímulo. En este caso el perito produce el estímulo consistente en hacer girar al paciente sobre su propio eje, en movimiento de rotación, a una velocidad máxima de cinco vueltas en 10 segundos, para que posteriormente fije su mirada en un objeto colocado a 20 centímetros de su nariz (veinte centímetros de distancia focal). Si el examinado está bajo la influencia del alcohol, presentará un movimiento ocular horizontal que se clasifica de leve a intenso. El nistagmus postural es un signo clínico al que debe dársele gran credibilidad, desde que la prueba está correctamente realizada, puesto que por ser una respuesta refleja (involuntaria), no es posible evitarla ni tampoco precipitarla voluntariamente”.

4). “POLIGONO DE SUSTENTACION”: es la observación del equilibrio y de la marcha. Hace parte del examen clínico, luego de la prueba del nistagmus. “Cuando el examinado está embriagado, separa sus pies para caminar, para lograr así mantener el equilibrio, lo cual ocasiona marcha tambaleante (atáxica). Este signo se anota en el reporte pericial como “aumento del polígono de sustentación”, de carácter discreto o evidente según la intensidad del mismo”.

5). “DISARTRIA”: “Otro signo que se evalúa durante el examen clínico por embriaguez, es la dificultad en la pronunciación de las palabras, llamado disartria. Es producto de la incoordinación de los movimientos linguales, necesarios para la articulación correcta de la palabra”.

6). “OTROS SIGNOS”: los expertos citados concluyen: “Los hallazgos hasta aquí descritos son suficientes para evaluar el estado de ebriedad del examinado, no obstante lo anterior, se presentan muchas otras alteraciones neurológicas a saber: hay una lentitud en la respuesta refleja generalizada, la sensopercepción se altera, se disminuye la agudeza visual y auditiva, hasta en un 35% en el primer período de la embriaguez, se pierde progresivamente la visión periférica al igual que la capacidad de convergencia ocular voluntaria y si la embriaguez es avanzada se puede presentar “diplopia” (visión doble). En general se observa que el ebrio, por la interferencia que hace el alcohol en la conducción eléctrica de los nervios periféricos, lentifica sus movimientos y las respuestas motoras. La intoxicación alcohólica también puede ocasionarle analgesia. El alcohol puede causar otros efectos depresores como alteraciones en el estado de la conciencia que fluctúan desde la somnolencia, la obnubilación y la confusión hasta el estupor y el estado de coma. En la situación de ebriedad avanzada, es característico encontrar a un individuo incapaz de responder a los estímulos médico-ambientales, y si la dosis ingerida fue muy elevada le puede ocasionar estado de coma e inclusive la muerte por parálisis respiratoria a nivel central.

El dictamen para valorar si una persona está o no embriagada, debe entonces explorar fundamentalmente el área neurológica, puesto que en conjunto esta signología es específica, constante, e independiente de la voluntad del examinado, lo cual es de gran valor y credibilidad diagnóstica”. Debe reiterarse que la exploración del área neurológica se hace mediante el examen clínico y no de alcoholemia, tal como ya se anotó.

7). “ALTERACIONES EN EL AREA GENERAL”: Las alteraciones presentes en los cuadros de intoxicación alcohólica, también se pueden detectar en el área general. Lo explican así los científicos:

“En cuanto al área general se refiere, por ser las sustancias alcohólicas tan solubles en el organismo humano, pueden penetrar e impregnar todos los aparatos y sistemas orgánicos, dando efectos en variados sitios. Es así como el embriagado tiene un aspecto o facies característica: pupilas de diámetro aumentado (aparece en el dictamen con el nombre de miriasis), ojos rojos (vasodilatación conjuntival y aparece en el dictamen como “congestión conjuntival”), rubicundez facial (vaso dilatación cutánea) (aparece en el dictamen como rubicundez facial), que considerados en conjunto, sirven como signos de apoyo complementarios para el diagnostico de la embriaguez, de la misma forma que lo hace el aliento alcohólico o tufo. Aunque el alcohol puede ocasionar muchas otras alteraciones orgánicas, como aumento en la diuresis, náuseas, vómito, etc., no es indispensable la comprobación de éstas durante el examen pericial por ser síntomas de poca objetividad”.

1 comentario:

Jose Manuel dijo...

La verdad es que últimamente está en auge el tener equipos médicos en casa para estas cosas. El problema es que tienen que utilizarse como un complemento, puesto que sin la formación adecuada pueden llevarnos a un error de diagnóstico.